Entre la memoria de lucha y la modernidad depredadora: la defensa del territorio en San Francisco Xochicuautla y la antropología jurídica [II]

Por Mario Leyva

[Primera parte]

2.- México: El Estado vs la sociedad plurinacional.

La anterior narrativa sobre la imposición del proyecto carretero de la autopista Toluca – Naucalpan, es solo la punta del iceberg de toda una historia con una serie de relaciones fallidas y acuerdos rotos, es a su vez parte del complejo proceso colonial, donde la búsqueda de su negación cultural por parte del Estado nacional, es una referencia contemporánea del exterminio y no solo eso, sino la apropiación cultural de la resistencia, las tradiciones, la vestimenta y la cosmovisión de muchos pueblos indígenas, mediante el saqueo cultural, arqueológico, simbólico, etnobotánico y territorial, para su posterior consumo posmoderno de la cultura de tendencias y capitalismo verde, new age y voraz del turismo y la moda, siendo parte de ese epistemicidio sistemático que el colonialismo del Estado nacional se disfraza de plurinación para continuar el expolio a los pueblos indígenas mediante instituciones y políticas publicas encaminadas a contener y manipular una autonomía recortada desde la reforma del artículo 2° de la constitución mexicana.

Es por ello que la importancia de tomar en cuenta las narrativas y los saberes de los pueblos originarios, como sujetos de resistencia y autonomía, a su vez que se toman las causas originadas en sus luchas como consecuencia del proceso del capitalismo a nivel mundial, pues el contacto directo entre Occidente y las culturas americanas es uno de los capítulos que la historia de la humanidad deforma, minimiza u olvida el aporte de nuestra América al desarrollo tecnológico y económico que hicieron de Occidente la cultura imperante en nuestra época.

 Y es precisamente desde el enfoque de la antropología jurídica como se puede articular la decolonialidad de una jurisprudencia que funja como denuncia y construcción de autonomía, pues no solo el estudio comparativo de las leyes y culturas fue parte del enfoque metodológico del trabajo de campo, sino que este aporte se inserta en el derecho comunitario, que tuvo en el contradecreto emitido por las autoridades indígenas de Xochicuautla una respuesta al Estado, como alguna vez lo fueron los acuerdos de San Andres para los mayas zapatistas y como precedente jurídico siendo también un canal de propuesta política y social emanada desde los pueblos originarios que siempre han sido acosados y denigrados, mostrando con esto no solo  la capacidad organizativa, sino la imaginación política, la cual no es entendida, no por ignorancia, sino por malicia de parte del Estado.

Dicho enfoque se desarrolló dentro del ejercicio etnográfico y cronológico que representó el trabajo de campo en Xochicuautla y su producción epistémica relacionada con la investigación participativa sirvió en algunos documentos y trabajos dados a la comunidad por la Red de Antropologias Populares del Sur, en la cual participe en aquellos años 2013-2015.

Continuando con la narrativa nacional, completada la conquista el régimen colonial español impulsaba la jerarquización rígida, autoritaria y segregacionista, ya que al dividir a los grupos de opresión y enfrentarlos entre si los debilitaba y explotaba mejor, sin embargo siempre hubo alzamientos y rebeliones por parte de los grupos indígenas y algunos cimarrones negros, desde las guerras del Mixtón al inicio de la colonia, así como los continuos enfrentamientos en la llamada “Gran Chichimeca”, hasta el sometimiento de los grupos mayas en la península de Yucatán durante la llamada guerra de castas, el etnocidio yaqui perpetrado en el  actual estado de Sonora durante la segunda mitad del siglo XIX, hasta hoy, son parte de una fallida y manipulada construcción nacional[i] basada en la imposición política de un proyecto de Nación, una muy perversa forma de ver el progreso y el desarrollo por parte de las elites, y una sujeción colonial.

“Al igual que los Estados nacionales europeos, los Estados nacionales del continente americano se definieron a partir de la negación de las etnias, que habitaban originalmente en sus territorios. Los que se formaron a partir de este proceso hicieron tabla rasa de las identidades, de los diversos pueblos desplegados en este territorio, de tal manera que al constituirse como nación, quienes decidieron la constitución nacional apenas si tomaron en cuenta la historia de aquellos que habían sido derrotados, exterminados o confinados.” (Lopez y Rivas, 2005: 42-43).

Corta memoria para los grupos de poder, que en ese engaño histórico de las consumaciones de las luchas independistas, volvían a relegar a los pueblos originarios, no así para las justificaciones nacionalistas:

“Al termino del movimiento emancipador, “México se proclamó libre y soberano, pero se definió como una nación antigua, anterior a la conquista española que la había sojuzgado.” No se trataba entonces de una nación que nacía con el movimiento insurgente, sino de una cuyas raíces se hundían en un pasado remoto y propio. Por ello decía el Acta de Independencia que la nación había “recobrado el ejercicio de la soberanía usurpado”. (Florescano, 1997:42-43)

Así surge esa enfermiza relación con el pasado y el desdeño del presente, sin embargo las rebeliones no cesaban, hubo mutilaciones territoriales, guerras civiles e invasiones extranjeras. Derramando sangre en todos esos conflictos por o contra el estado nacional, estaban los pueblos indígenas a quienes las elites -liberales o conservadoras- no atendían por los conflictos internos y que con la llegada del Porfiriato[ii], de esos años de la belle epoque, del “orden y progreso” cuando el gobierno federal lanzaba feroces campañas de exterminio contra la población de los pueblos mayas y yaquis[iii]

Sin embargo y con el final de la belle epoque importada de Paris, es decir con la Revolución Mexicana de 1910, el régimen de Porfirio Díaz caía y con ello una cruenta guerra civil comenzaba, en donde las clases sociales mexicanas, los ideales de un mejor gobierno, la presión social y el odio acumulados durante muchos años, hicieron de la primera Revolución social del siglo XX un suceso en donde las pueblos indígenas participaron de manera directa en los principales grupos contendientes como los yaquis en los batallones obregonistas y villistas, nahuas, tlahuicas y otomíes, en el ejercito zapatista, etc., así “la bola”, se manifestaba con violencia, euforia y ansia de reivindicación de sus reclamos sociales de justicia laboral, derecho a la tierra, derecho a la educación, protección de los recursos naturales así como nuevos horizontes para el llamado desarrollo nacional, se abrían ante las masas en guerra civil:

Las propuestas fueron tentadoras pero al final no respondieron a las expectativas de los pueblos indígenas: el derecho de restitución de la tierra de la cual fueron despojados, o de dotación cuando no pudieran demostrar su propiedad, lo plasmó el Congreso Constituyente en el artículo 27 de la norma suprema elaborada en Querétaro el año de 1917,42 mas no con sus características de territorialidad sino en calidad de ejido o comunidad agraria. Además de esto, en el mencionado artículo se reservó para la nación la propiedad originaria de las tierras y aguas, con lo cual mantuvo el principio del derecho de conquista, esgrimido por la corona española en el siglo XVI para justificar la usurpación de las tierras indígenas. Pero si en aquel tiempo dicho principio se justificó por ser los que detentaban el poder unos invasores que se imponían por la fuerza, no se explicaba ahora que los indígenas habían participado en la guerra para recuperar sus tierras, y debió el Congreso atenerse al principio de los derechos adquiridos, por haber ocupado los indígenas estas tierras antes que otros que reclamaran igual derecho, es decir, antes de que se formara el Estado que ahora desconocía sus derechos. El argumento fue que el Estado necesitaba regular la propiedad privada para evitar la formación de latifundios, lo cual era correcto. El error estuvo en no diferenciar la propiedad privada, social o pública, de la indígena que respondía a otras lógicas, y en encasillarlas en el mismo modelo” (Lopez Barcenas, 2011:45).

Sin embargo y con el advenimiento del nuevo Estado mexicano, emanado de la revolución mexicana y siendo una dictadura disfrazada de solución, el PNR (Partido Nacional Revolucionario) se transforma en el PRI, en los años 1930 y comienza con políticas indigenistas oficiales y proteccionistas, en las cuales la antropología mexicana y algunas de sus vacas sagradas, como Gamio o Sáenz ocupaban un lugar privilegiado dentro de los supuestos teóricos con los cuales basaban la integración al Estado del “Milagro Mexicano” mediante instituciones encargadas de los patrimonios culturales y arqueológicos, con los que cuenta el país. Sin embargo el detrimento de los derechos indígenas continua hasta hoy, el despojo y la usurpación de territorio y los conflictos causado por la voracidad neoliberal, hacen que durante el siglo pasado, las ciencias mexicanas, las universidades e instituciones, muchas veces hayan fungido más como agentes del Estado y de intereses empresariales, bajo la forma de un catalogador de recursos naturales, y de grupos humanos que de un instrumento social de emancipación.

“Para Manuel Gamio, uno de los padres de la antropología en México, la marginalidad de los indígenas se debía al estancamiento provocado por las diferenciación lingüística, por lo que la solución al problema era la conveniente intervención del Estado afín de establecer una política que pretenda ir en  auxilio del indígena, pero que en los hechos buscó su asimilación a la nacionalidad dominante y la homogeneización cultural y lingüística a los criterios burgueses de desarrollo y progreso.” (Lopez y Rivas, 2005:44 )

Para esta propagación de ideales y anhelos:

“Se ha utilizado la categoría “nación-pueblo” para referir al proceso de construcción de una noción alternativa a la hegemónicamente existente y en el cual pueden participar potencialmente todos aquellos sujetos políticos que de una u otra forma están siendo marginados, excluidos o negados por el Estado. En los Estados-nación plurietnicos, la emergencia de la Nación-pueblo es más compleja que en aquellos Estados-nación donde la identidad cultural tiende a ser mucho más homogénea. De hecho, una de las características fundamentales del Estado-nación está la tendencia diferencialista en circunstancias regionales y nacionales que favorezcan los intereses de las clases dominantes”. (Lopez y Rivas, 2005:32)[iv]

Ante los retos que representa la resistencia latente de los pueblos indígenas, durante el siglo pasado las clases dominantes han optado por esos discursos de bienestar, desarrollo y productividad, tan apreciados por la lógica capitalista y acumulativa que busca cambiar la realidad social, para ponerle precio a todo y como tal busca denigrar y linchar mediáticamente a las luchas por la dignidad, la autonomía y que ahora no solo se golpea a los grupos rebeldes o a las organizaciones sociales – el caso del EZLN, la APPO, los anarquistas, la CNTE, etc. – sino a toda la sociedad mexicana, por lo que:

“Así la autonomía de los pueblos indígenas se ha erigido en la demanda central de las organizaciones no sólo indígenas, sino de un amplio abanico de partidos y organizaciones políticas. La autonomía se presenta como una de las formas del ejercicio del derecho a la libre determinación e implica fundamentalmente el reconocimiento de autogobiernos comunales, municipales o regionales en el marco del Estado Nacional”. (Ibid, 44: 2005.)

Los factores de estos despojos que alimentan al capital, son las empresas trasnacionales, los capitales extranjeros y la corrupción en el Estado,  que desde la década de 1980 dejo de ser el llamado “Estado de Bienestar” para ser engullido y transformado por el mercado, el crecimiento demográfico, el uso de la tecnología, la economía de librecambio, la banalidad de los medios y de la cultura actual, la frivolidad y desencanto del presente y un rosario de males y fenómenos desagradables que aquejan a la cultura occidental actual y que se ven reflejados en lo anterior descrito, sin embargo en estas coyunturas surgen estas voces que han decidido luchar y moverse hacia otras alternativas de convivencia, de política, de uso de recursos, y que a lo largo del camino, se unen a las otras voces que continúan gritando, ya sean voces de estudiantes, de grupos indígenas, de maestros, del lumpen proletariado, del campesinado, de las mujeres, etc.,  que articulándose y reconfigurándose se hacen escuchar  en un mundo de sordera intelectual y cultural.

Sin embargo desde la entrada a la globalización el Estado ha recrudecido las medidas de acoso y represión sistemática y sutil desde hace más de 30 años, tomando en cuenta esta división de los periodos presidenciales y su relación con las décadas en curso, se puede decir que con la transición de José López Portillo (1976-1982) a Miguel de la Madrid Hurtado (1982-1988), el estado interventor tuvo su cenit y su caída con la nacionalización de la banca y su posterior crisis, para dar inicio a una tardía entrada a la modernidad, con nuestro tecnócrata contemporáneo por excelencia, y es que durante el sexenio de Carlos Salinas de Gortari (1988-1994)[v], el país tuvo sus esperanzas en entrar al primer mundo y convertirse en un país exportador que irónicamente años más tarde se vería el costo social de las privatizaciones y los recortes en el gasto social, para dar cabida al enriquecimiento de las elites.

En ese panorama idílico, en ese espejismo neoliberal, surgió una voz de descontento y rebeldía, una voz de digna rabia y de alternativa a un sistema caduco, tanto así que en la memoria del México contemporáneo de fin de siglo, el 1° de Enero de 1994, significo no solo la dizque modernidad, sino también un regreso al México profundo, cuyas huellas de sangre se mostraron para recordar y sacudirse el yugo explotador, y a su vez, como lección de resistencia ya que el alzamiento del Ejercito Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) ha sido un parteaguas dentro de la historia mexicana pues aquel inicio de año la población se despertaba con una noticia que dentro del imaginario colectivo no cuadraba con la modernidad prometida por Salinas de Gortari pues el levantamiento en armas de los mayas cimbraba una sociedad olvidadiza que añoraba ser parte del primer mundo y sus bondades cuando las demandas de los habitantes más antiguos de estas tierras resonaban como un caracol de guerra y recordaban que los horrores del genocidio de la guerra de castas, de la explotación y la pobreza no eran cosa del pasado y que en los albores del siglo XXI había condiciones entre la población originaria que mostraban la desigualdad, el desprecio y el olvido por parte del Estado en el proceso histórico nacional.

Sin embargo la traición a los acuerdos de San Andrés (1996), con la reforma al artículo 2° de la constitución mexicana fue una de las medidas del gobierno de Vicente Fox (2000-2006), y que su sucesor Felipe Calderón (ambos de la ultraderecha del PAN) nunca tomó en cuenta, pues la guerra al crimen organizado fue el gran sello de un sexenio del inicio de las brutalidades que llevamos padeciendo casi una década y que a los pueblos indígenas les ha ido brutalmente mal, pues el Estado ataca a la sociedad mediante sus medidas coercitivas y represoras de un orden social en el cual el exterminio, la negación y el integracionismo de las políticas indigenistas del mismo, son la punta de lanza de un problema civilizatorio que tiene en la integración nacional y sus proyectos burgueses y modernos de dominación y gobernanza la cara de ese ente ominoso que ejerce una fascinación relacionada con la supuesta emanación racional que el Estado representa.

Max Weber[vi], pensaba que la dominación es una condición constitutiva de la acción social por lo que es imposible superarla, ya que el sistema que emanaba esta jerarquización se regía burocráticamente en una jerarquía cuya producción de discursos para su asimilación se vería reflejada en la reproducción automática de estos modelos:

“Si bien es cierto, esta “jaula de hierro” producía efectos unilaterales de racionalización, considerados por él, como perniciosos, era imposible la existencia del Estado moderno sin esa estructura. La solución a este “mal necesario”  venia de un proceso de racionalización diferente (una racionalización ligada a valores y no puramente instrumental como la de la “jaula de hierro”), promovida por los partidos políticos y que tenía su espacio de acción en el parlamento. Las tareas, en ese sentido , de los partidos políticos era doble: por un lado, mediar los efectos de la racionalidad burocrática y, por el otro, la racionalización de las masas, entendida como la inclusión de las mismas dentro de la trama de la aceptación del dominio racional del Estado. Los partidos, en dicho sentido habían surgido y eran parte de la dominación moderna, y la social democracia no se escapaba de dicho proceso.” (Tischler ,2011:341).

Precisamente esa acción racional es la que desde mi punto de vista, es válida para el Derecho Positivo Mexicano, en postular al Estado como una de las fuentes del Derecho, lo cual es cierto a medias, pues si bien es un proceso de creación y discusión de leyes en los órganos legislativos facultados para ello, es innegable la distancia epistemológica, cultural y económica entre quienes nos representan y nuestra situación actual, ante lo cual se hace necesario el repensar las autonomías indígenas y no indígenas, pues de su andar depende el éxito o el fracaso de una apuesta por un orden social distinto y anticapitalista, basado no en la sujeción a un Estado sino a espacios y territorios en donde la búsqueda de la liberación trae consigo prácticas sociales nuevas que tienen que ver con la imaginación política, la estrategia a llevar, la vinculación con otros actores sociales y otras comunidades, la creación de frentes de lucha, la adaptación ante las circunstancias de acoso y fragmentación sociales dentro de la comunidad y pues lo más importante; la perseverancia y el aprendizaje[vii] dentro de la lucha pues la imaginación y la continua deconstrucción de las prácticas sociales dentro de esos espacios y territorios son posibilidades importantes y alternas al sistema:

“Tanto los Estados como los movimientos antisitémicos confluyen y compiten, en los mismos territorios por ganar el apoyo de los sectores populares y, de ese modo, impedir que sus adversarios los adopten como aliados. Las autonomías no son espacios consolidados, inexpugnables para las dominaciones. Todo lo contrario: son espacios-tiempos en disputa, interpenetrados por el otro, de modo que la imagen de una fortaleza asediada no sirve para describir el conflicto real en curso, ya que se trata de territorios gelatinosos, con límites imprecisos, porosos, cambiantes.” (Zibechi,245: 2011).

Sin embargo no solo se trata de luchar en la arena política de la realidad , sino también en la arena jurídica del reconocimiento y tomar estas pequeñas victorias populares como agrietamientos dentro del monolito sistémicos de la dominación, pues los derechos no se otorgan hasta que se conquistan y dentro de la historia de este país llamado México, las luchas y conquistas populares son las que le han dado la conformación al actual Estado, pues la razón de este es contenerlas, manipularlas y traicionarlas.

Y que en el caso del caso de San Francisco Xochicuautla la narrativa se inserta en una cadena histórica de sucesos marcados por el abuso en las relaciones entre el Estado nacional y los pueblos indígenas, sin embargo las reflexiones comparativas entre la historia nacional y la crónica de los abusos del Estado hacia la población y sus defensores, son parte de pensar la realidad como un cuello de botella invertido , donde a partir de un hecho se puede subir hacia la esfera del estudio cronológico del fenómeno y a partir de allí relacionarlo con los sucesos pasados que tienen el mismo patrón de abuso desde las primeras leyes de indias hasta nuestros días es una serie de abusos disfrazados de jursprudencia oficial, que representa la enquistamiento de la cultura capitalista en el derecho y en los códigos sociales de conducta que van normalizando fascismos, de allí que la Antropología se preste como interpretación, advertencia y combate sobre estos fenómenos de autoritarismo para preservar el mercado que el sistema usa como dispositivos de opresión y en el caso de lo jurídico este se encarga de legalizar y judicializar el abuso del poder como una práctica civilizatoria.

2.2.-Aspectos jurídicos de las relaciones entre el Estado y los pueblos originarios y el papel de la Antropología jurídica.

En las ideas acerca de la autonomía, en la relación existente entre la jurisprudencia oficial del derecho y de leyes que representan a la federación, es importante recalcar la distancia entre la tradición y la ley. En el caso de una nación pluriétnica y diversa como lo es México, debemos estar conscientes de la importancia que conlleva respetar las diferencias culturales entre grupos, porque pareciera que en el ejercicio de la ley, se respeta más la economía y sus principios liberales, que los derechos humanos consagrados a las naciones originarias:

“El postulado de un verdadero modelo pluralista, es que los derechos de los pueblos indígenas son reconocidos y protegidos en la constitución, creando un marco para su autonomía que es diferente, pero igual que los poderes del Estado, permitiendo jurisdicción y coexistencia paralelas. En este contexto, incluso son problemáticos clausulas limitadas, introducidas en muchas de las mencionadas provisiones constitucionales que reconocen los derechos indígenas mientras que estos se ajustan a la legislación nacional o constitucional. Diversos comentadores clave los califican de “caja de Pándora”, indicando que estas provisiones pueden fortalecer o debilitar los derechos indígenas”. (Schabus, 495:2005)

Los argumentos, acuerdos o reconocimientos jurídicos se hacen contando con el cumulo de la jurisiprudencia nacional, e internacional, así como los intereses manejados dentro de la realización de estas leyes y normas y su relación entre la economía y el supuesto panorama del desarrollo y del respeto a la cultura, que sin embargo no es tomada en cuenta por los mecanismos de poder y los caprichos de las elites.

“La simetría liberal moderna- todo el Estado es de derecho y todo el derecho es del Estado- es una de las grandes innovaciones de la modernidad occidental. Es también una simetría muy problemática, no solamente porque desconoce toda la diversidad de derechos no estatales existentes en las sociedades, sino también porque afirma la autonomía del derecho con relación a lo político en el mismo proceso que hace depender su validez del Estado.”  (de Sousa Santos, 2010:106)

Cabe señalar que en un estado corrupto como el nuestro, al ser la autonomías y la riqueza cultural de indígenas un desafío al control que ejerce el centro mestizo, en una era donde el pacto social entre el Estado y su conformación, homogénea y centralista, ha sido rebasado por los intereses neoliberales y engullido para su consecuente procesamiento y asimilación:

Así, la crisis de los Estados nacionales existentes en el planeta ha puesto al descubierto que la mayoría de ellos se crearon sin respetar las formaciones culturales nacionales o étnicas  y, en la generalidad de los casos, violentándolos. En otras palabras, la vieja afirmación de que a un Estado corresponde una nación y que esta se integra por un solo pueblo, ha resultado falsa con el paso del tiempo; por el contrario, la inmensa mayoría de los Estados resultan multinacionales o, por lo menos plurinacionales”. (Lopez Barcenas, 2011: 28)

Detrás de la rectoría del Estado dentro de las relaciones entre los pueblos indígenas y la sociedad mestiza, este debiera reconocer las diferencias, sin embargo el papel ha sido de olvido y desprecio, ocultado por programas oficiales de desarrollo y que en la política indigenista llevada a cabo ha fallado al no reconocer otras formas de vivir:

“La plurinacionalidad es el reconocimiento de que la interculturalidad no resulta de un acto voluntarista de arrepentimiento histórico de quienes tienen el privilegio de hacer. Es más bien el resultado de un acto político consensuado entre grupos étnico-culturales muy distintos con un pasado histórico de relaciones, que a pesar de su inherente violencia, abre en al presente coyuntura, una ventana de oportunidad para un futuro diferente. Por esta razón, en el marco de la plurinacionalidad, la interculturalidad, solamente se realiza como democracia intercultural.» (de Sousa Santos, 2011:118).

Es precisamente en esa interculturalidad donde una antropología jurídica con sentido ético y político -siempre del lado de quien resiste- puede no solamente ser una interlocución con el Estado adversario, sino una herramienta de transformación mediante la autonomía, su ejercicio, defensa, promoción y análisis, desde y para los derechos humanos, con una perspectiva libertaria iusnaturalista, cercana a las epistemologías del Sur, a la comunalidad , esperando ser agrietadora del Estado y no una fortalecedora.

Para ello la antropología jurídica da pistas sobre el modo de realizar una etnografía, en la cual la denuncia y la documentación sean en sentido de realizar trabajos que puedan ocuparse dentro de los procesos de lucha jurídica, así como en la búsqueda de la autonomía y defensa del territorio, para lo cual el entendimiento de los hechos desde esta postura concibe como rival al Estado neoliberal y su preferencia por los intereses empresariales.

Podemos hablar del Derecho supralegal que desarrolla Gustav Radbruch[viii] y el principio de convencionalidad imperante en los tratados internacionales de derechos humanos, entre otras concepciones, así como las nociones de justicia de los pueblos indígenas y su jurisprudencia comunitaria en cuestiones culturales-territoriales, donde existen instituciones que coadyuvan a cumplir ciertas normas comunitarias y que en el caso de la defensa del territorio y la cultura se muestran como activos promotores de la lucha de sus comunidades, reinsertándose a una narrativa comunitaria y cultural la mano con la memoria de lucha, la cosmovisión y la lengua otomí la cual aporta valiosos materiales, incluida la arena jurídica donde los documentos de antigüedad, la lengua, tradiciones y costumbres son reconocidas de iure pero no de facto, tan es así que dentro de los amparos y reconocimientos de que la comunidad de Xochicuautla ha interpuesto y ganado, se reconoce que la comunidad y sus defensores son sujetos de derechos colectivos, culturales y territoriales.

Es por ello que tomando en cuenta que el Derecho es un mecanismo de ejercicio del poder construida sobre bases sociológicas, económicas y políticas, la construcción antropológica de un derecho comunitario que responda a las necesidades de entendimiento, respeto y conservación de los pueblos indígenas como la promoción y el fortalecimiento de la autonomía, sería la propuesta analítica y ética de una antropología jurídica que a través -no solo de los estudios comparativos- de una construcción de derechos más justos, de derechos colectivos, que se propongan después de un estudio antropológico sobre el impacto de las leyes y reformas jurídicas , que de manera unilateral crean los organismos estatales para expoliar a su población y someter a sus gobernados a un clima de miedo, inseguridad y crisis permanente para garantizar las máximas ganancias.

Así dentro de las luchas socioambientales y de defensa del territorio las experiencias compartidas entre los implicados en la lucha no solo jurídica sino política y cultural, son partes de un rompecabezas que se descifra y se arma usando enfoques críticos y propositivos para acompañar y aprender de las luchas indígenas y populares, pues dentro de las luchas que han existido a través del mundo, siempre hay cabida para lo jurídico dentro de la amplia gama de causas y conflictos, y que es de esos conflictos que se nutre el derecho y busca, por lo menos ontológicamente hablando, regular las relaciones humanas lo más justo posible, por lo que los precedentes que sienten estas luchas y formas de organización que salgan de ellas suponen retos, caídas, pequeños triunfos, aprendizajes y formas de lucha que quedan como una experiencia insertada dentro de la investigación militante, la memoria de los pueblos, el derecho indígena y el detrimentos de estos por parte del Estado mexicano moderno, es decir, colonial-capitalista, para lo cual es necesario ver al derecho, ciencias sociales y tecnología como algo que puede ser superado y usado en su contra como un campo fértil en cuanto a la investigación-acción se refiere, al ser de carácter popular y que formando parte de las llamadas teorías de la retaguardia[ix] busca -esto ya más personalmente- lavar los errores y la sangre del pueblo, vertida en los procesos de explotación y despojo, de los cuales, tristemente nuestra ciencia ha sido cómplice, participe y promotora.

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Notas:

[i] “Ya dijimos que la Nueva España se componía con corta diferencia de cuatro millones y medio de habitantes, que se pueden dividir en tres clases: españoles, indios y castas, los españoles compondrán un décimo del total de la población y ellos solo tienen casi toda la propiedad y riquezas del reino. Las otras dos clases, que componen los nueve decimos, se pueden dividir en dos tercios, los dos de castas y uno de indios puros. Indios y castas de ocupan e los servicios domésticos, en los trabajos de la agricultura y en los ministerios ordinarios del comercio y de las artes y oficios. Es decir, que son criados, sirvientes o jornaleros de la primera clase. Por consiguiente resulta entre ellos y la primera clase aquella oposición de intereses y afectos que es regular en los que nada tienen y los que lo tienen todo, entre los dependientes y los señores. La envidia, el robo, el mal servicio de parte de los unos; el desprecio, la usura, la dureza por parte de los otros. Estas resultas no son comunes hasta cierto punto en todo el mundo. Pero en América suben a muy alto frado, porque no hay graduaciones o medianías; son todos ricos o miserables, nobles o infames.” (Obispo Manuel Abad y Queipo, Representación sobre la inmunidad personal del clero. 1799, citado en Florescano, 228: 1997).

[ii] Antes de que el héroe del 2 de Abril, entrara en la escena nacional como el papel principal del Presidente del “mátalos en caliente”, el acto anterior ,es decir los 30 años anteriores al inicio del Porfiriato lo que hoy se conoce como México, vivió un periodo muy convulso , que inició con la independencia nacional 1821 y las guerras intestinas reflejadas en levantamientos, rebeliones que propiciaran las mutilación territoriales de 1836 con Tejas y  consumada por la guerra con los Estados Unidos , (1846-1848), la Revolución de Ayutla que derrocó a Santa Ana (1854-1855), la Guerra de Reforma (1857-1861), La Intervención Francesa (1862-1867), el levantamiento del Plan de la Noria (1871-1872), la Revolución de Tuxtepec (1876-1877), por lo que las resistencias y rebeliones indígenas del país entraban en la órbita de la represión federal con las pacificaciones, que no eran más que exterminio y marginación y de la cual las instituciones oficiales Nacionales tienen una culpa grande en la sujeción del Estado al capitalismo y los despojos, lo que propicio también la Revolución Mexicana.

[iii] Francisco López Bárcenas, en uno de sus obras sobre derechos indígenas comentaba sobre la tendencia de los juristas y diputados nacionales a reconocer a los pueblos, antes bien los veían como un lastre para el desarrollo nacional, de allí que buscaran acotar sus derechos mediante la sujeción del concepto de nación y la invención de la ciudadanía del Estado nacional:

 “Todas las constituciones o proyectos de ellas de esa época, fueran federales o estatales, siguieron la misma línea excluyente, situación que se consolidaría en la Constitución Federal de 1857, en la cual privó una visión eminentemente individualista y homogénea.40 La igualdad de los individuos que se estableció como garantía no permitió que ésta se ejerciera de manera diferente. Los indígenas no existían para ella y si existieran deberían sujetarse a normas inspiradas en valores totalmente ajenos a su cultura.” (López Bárcenas, 2010: 44)

[iv] Cabe señalar que por aquella época se llevó a cabo en 1943, el primer congreso panamericano indigenista de Patzcuaro, en donde las políticas indigenistas aplicadas en México se convertían en punta de lanza para la integración epistemicida de los Estados nacionales en el siglo pasado.

[v] Después de este personaje tan temido, admirado, odiado y polémico, se vinieron crisis y crímenes económicos contra la población mexicana, como lo fue el “error de Diciembre” con su fuertísima devaluación reflejada en el Efecto tequila, así como lo fue después el FOBAPROA, manteniendo a la población en expectativas de vida difíciles por la economía mexicana, tan mal distribuida. Y cabe señalar que uno de sus mentores y destructores del ejido mexicano, su mecenas, el antropólogo Arturo Warman, fue con quien con el programa del PROCEDE se prestó a dar el tiro de gracia a la venta del país.

[vi] Weber presentaba al Estado como una fuerza todopoderosa de producción de acción racional, análoga a la fábrica, ratificando el deslumbramiento ya señalado en los pensadores revolucionarios. Su teoría de la burocracia está penetrada y viciada por esa característica. Sin embargo, señala con total desnudez algo que a los revolucionarios era difícil reconocer dada su concepción estratégica de la revolución: que la acción racional es poder y dominación, y que el Estado, la burocracia y la elite de los partidos son parte de ese tipo de acción. En otras palabras, que con las categorías de la acción racional no se puede producir sino ese tipo de acción (capitalismo). En ese sentido, se cierra el círculo de la dominación. Es imposible salir de él, aunque los revolucionarios piensen (Ilusoriamente, para Weber) que su acción abre la posibilidad de superarlo.” (Tischler, 2011: 342)

[vii] Hernán Oviuña nos comenta que en el caso de estos procesos, existen los medios de construcción de autonomías como respuesta al deplorable actuar del Estado, ya sea por acoso o por incapacidad del mismo para solucionar alguna situación, en este caso es importante recalcar que los principios de autodeterminación y horizontalidad son vitales para la creación de estos frentes de lucha:

 “Los medios de construcción de estos movimientos no son “instrumentalizados” en función de un fin futuro, por benéfico que éste sea. Antes bien, sus objetivos tienden a estar contenidos en los propios medios que despliegan en su devenir cotidiano, de manera tal que la distancia entre ambos vaya acortándose. Es por ello que podemos expresar que la horizontalidad y la autodeterminación no son horizontes lejanos a los cuales se accedería solo tras el “triunfo revolucionario”, sino prácticas concretas y actuales que estructuran, aunque a tientas, la acción de los integrantes de cada colectivo en resistencia.”. (267:2011).

[viii] Gustav Radbruch  (Lübeck1878Heidelberg1950), fue un jurista alemán contemporáneo del régimen nazi, lo que le llevo a plantearse la necesidad de un derecho supralegal  y que: “Como testigo destacado de su época, al analizar el sistema jurídico nacionalsocialista, Gustav Radbruch visibiliza un hecho lapidariamente incuestionable: el legislador puede hacer leyes extremadamente injustas. Como consecuencia de lo anterior este autor postula la existencia de un derecho “supralegal” que es límite al derecho del Estado. Tal derecho supralegal se comporta como parámetro de validez material de las normas nacionales y se opone abiertamente a la relatividad absoluta de la justicia; empero, para Radbruch, no cualquier injusticia invalida una norma positiva, sólo la injusticia extrema” y que en la cuestión que queremos comunicar aquí es donde el Derecho sirve para el acotamiento del poder del capital y de su Estado verdugo, pues el sistema es injusto en extremo y que esta debiera ser uno de los motivos de un Derecho emancipador que nos ayude a agrietar y exterminar al capital y al Estado como parte de esos entes sistémicos que nos acosan, asesinan y buscan perpetuar su influencia dentro de las culturas y pueblos aún a costa del terror y el sufrimiento, por lo que este derecho supralegal debiera ser, lejos de las interpretaciones validas filosóficas y metafísicas, una fuente de la jurisprudencia comparativa entre pueblos indígenas y la población nacional  explotada. (En el artículo electrónico de Zamir Andrés Fajardo Morales, “La fórmula de Radbruch y el control de convencionalidad” en http://eljuegodelacorte.nexos.com.mx/?p=3911)

[ix] Mencionando a Boaventura de Sousa Santos: “Trabajos teóricos que acompañan muy de cerca la labor transformadora de los movimientos sociales , cuestionándola, comparándola sincrónica y diacrónicamente , ampliando simbólicamente su dimensión mediante articulaciones, traducciones, alianzas con otros movimientos. Es más un trabajo de artesanía y menos un trabajo de arquitectura. Más un trabajo de testigo implicado y menos de liderazgo clarividente. Aproximaciones de lo que es nuevo para unos y muy viejo para otros.” (de Sousa Santos, , 2010)

2 comentarios sobre “Entre la memoria de lucha y la modernidad depredadora: la defensa del territorio en San Francisco Xochicuautla y la antropología jurídica [II]

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